domingo, 28 de octubre de 2012
PRINCIPIOS FUNDAMENTALES
PRINCIPIOS DE FUNCIONAMIENTO
Los principios del S.O.L. están basados sobre la sencilla
constatación de que el individuo posee medios, conocimientos, habilidades o/y tiempo para poder intercambiar con los
demás. En nuestra sociedad donde impera el dinero, sentimos que es necesario crear sistemas
alternativos; en el S.O.L. se permite redescubrir
otros valores y crear vínculos con personas abiertas a relaciones más humanas.
Art. 1. Temps de Sols, es el nombre que le damos a este
S.O.L.
S.O.L. es un sistema de organización local en el que se
registran intercambios de bienes, servicios y conocimientos; como medida de
intercambio se utiliza la moneda Sol, a la que le damos como referencia el valor de 1 minuto. (1 Sol=
1 Minuto). Estos intercambios se realizarán siguiendo criterios sostenibles.
Art. 2. Este sistema pretende constituirse en una
herramienta pedagógica que nos ayude a transformar la realidad en diversas
vertientes:
.Respecto a
nuestra actitud ante la propiedad; llevándonos del egoísmo a la generosidad, al
descubrir que la seguridad no la proporcionan la acumulación de bienes si no el
soporte de la comunidad.
.Respecto a
nuestra actitud individual ante las demás personas; el bienestar está
íntimamente conectado a nuestra manera de prestar atención a las otras personas
para poder verlas tal cual son, sin proyectar nuestros deseos y miedos sobre
ellas. Cuando prestamos atención de esta forma estamos amando. (Para facilitar
este punto se impulsará la aplicación y estudio de técnicas de grupo y
comunicación para reflexionar sobre temas, prevenir conflictos, profundizar en
el funcionamiento democrático asambleario y cohesionar el funcionamiento
mediante el desarrollo de vínculos de reconocimiento, solidaridad y afecto).
Art. 3. El área que abarca comprende las poblaciones de
La Vall dÚixó, Almenara, Benifairó, Sagunto y Chilches, con la idea de que en
un futuro cada población ó barrio se autogestione con su propio S.O.L u otro
sistema afín.
Art. 4. Temps de Sols surge de una inquietud social de sus
integrantes. Tiene vocación humanista; fomentará la igualdad entre las
personas, su crecimiento personal y la
difusión de información y conocimientos.
Art.5. Temps de sols tiene vocación de crear comunidad
entre sus integrantes, llegando a relaciones de mutua confianza, así como de
crear red con otras redes de intercambio y movimientos y sistemas afines.
Art.6. Temps de sols se organiza de forma autogestionada,
por lo tanto los integrantes tienen el derecho y la obligación de mantener y
gestionar dicho sistema dentro de sus posibilidades.
Art.7. Temps de sols se organiza de forma asamblearia.
Todos los integrantes deberán figurar en un censo y formarán parte de la
asamblea.
Art.8. La asamblea es soberana e independiente de
cualquier movimiento social y organización.
La asamblea será el único órgano decisorio.
Art.9. Este es un sistema abierto, que está en evolución
y para sus modificaciones depende de los acuerdos adoptados por consenso en las
asambleas generales.
Art. 10. El objetivo fundamental de dicho sistema es
propiciar la atención de las necesidades básicas de las personas , dinamizar la
economía local así como la cultura, y la
vida social desde la participación de los miembros.
Art. 11.Los integrantes del sistema consideran recibir
apoyo de la administración.
Art. 12.Este sistema estará en evaluación permanente,
para lo cual los integrantes establecerán unos indicadores ó pautas en base
a poder medir la variación de resultados obtenidos sobre las siguientes
capacidades:
Capacidad de poder expresar opiniones. Capacidad de
obtener otorgar reconocimiento. Capacidad de representar al grupo en el
exterior, capacidad para exponer conflictos y resolverlos…etc.
Art. 13. Un integrante podrá ser expulsado de la
organización si se comprueba que ha estado haciendo mal uso de la misma, ya sea
engaño, falsedad, haciendo gala de representatividad
sin ser otorgada ó creando malestar entre las personas.
Art. 14. Los integrantes de representación de la
organización serán elegidos puntualmente y por un tiempo definido, sin que
nadie se pueda otorgar la representatividad permanente de la misma.
Art. 15.Temps de sols fomentará proyectos e iniciativas
económicas alternativas y cooperativas.
Art. 16.Los principios prevalecerán sobre los estatutos
oficiales.
Art. 17. Cualquier persona tendrá derecho a incorporarse
al sistema con posterioridad a su creación, siempre que asuma todos los
principios fundamentales y de funcionamiento.
Art. 18. La modificación de cualquiera de los principios
fundamentales requerirá aprobación en la asamblea.
Art. 19. Temps de Sols declara favorable su posible
integración en una futura cooperativa integral, siempre que esta comparta las
premisas y objetivos de este sistema, respetando su soberanía.
Art. 20. La duración de Temps de Sols, se establece
ilimitada en el tiempo; teniendo en cuenta que es un núcleo dónde pueden
germinar otros soles a medida que aumente la cantidad de personas integrantes.
Octubre 2012
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